Ife casillas especiales 2012 DONDE VOTAR Elecciones MEXICO 2012 1 julio

miércoles, 27 de junio de 2012

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Consulta de Lista Nominal del IFE: listanominal.ife.org.mx
Verifica si tu credencial está vigente como identificación oficial y si estás en la Lista Nominal de Electores.

PREGUNTAS FRECUENTES
1. Sobre las elecciones
2. Sobre el IFE
3. Sobre la transparencia
4. Sobre el sistema político mexicano
5. Sobre el Proceso Electoral Federal 2011-2012
6. Sobre la credencial electoral
1. Sobre las elecciones

¿Qué son las elecciones?

Las elecciones son un mecanismo democrático por medio del cual los ciudadanos eligen a sus representantes populares.

¿Qué es un proceso electoral federal?

El conjunto de actos ordenados por la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) cuyo propósito es renovar periódicamente a los integrantes de los Poderes Legislativo (diputadas, diputados, senadoras y senadores) y al Ejecutivo de la Unión. Los responsables del proceso son las autoridades electorales, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos y ciudadanas.

¿Cuándo son las próximas elecciones?

El 1 de julio de 2012, las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos, además de elegir Presidente o Presidenta de la República, elegiremos a 128 senadores y senadoras y a 500 diputados y diputadas federales, quienes nos representarán en Congreso de la Unión por un periodo de tres años, de septiembre de 2012 a agosto de 2015.

Si cumplo 18 años el 1 de julio de 2012, ¿podré votar en esta elección?

Todos los ciudadanos con 18 años cumplidos el día de la jornada electoral podrán ejercer ese derecho. Puedes acudir a tu módulo más cercano hasta el 15 de enero de 2012, como fecha límite, para realizar el trámite anticipado de tu credencial para votar con fotografía.

¿Qué cargos se elegirán en las próximas elecciones?

En las elecciones que se celebrarán el 1 de julio de 2012 se elegirán 500 diputados y diputadas federales: 300 por el principio de mayoría relativa, es decir, uno o una por cada distrito electoral uninominal en que se divide el país; y 200 por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.
Además se elegirán 128 senadores y senadoras; 64 por el principio de mayoría relativa, 32 por el principio de primera minoría y 32 más por el principio de representación proporcional. Y se elegirá al próximo o próxima Presidenta de la República.

¿Quién tiene derecho al voto?

Todos los hombres y mujeres de nacionalidad mexicana, que para el 1 de julio de 2012 tengan cumplidos 18 años o más, o que los cumplan el mismo día de la jornada electoral, y que tengan un modo honesto de vivir, tienen derecho a votar. Por regla general, el ciudadano o la ciudadana debe acudir a la casilla que le corresponde, de acuerdo con la ubicación de su domicilio. Sin embargo, hay casillas especiales para las personas que se encuentran fuera de su sección. Para ejercer el derecho al voto, deben estar inscritos en el padrón electoral y contar con su credencial para votar con fotografía.

¿Quién organiza las elecciones?

El Instituto Federal Electoral es la institución encargada de preparar, organizar y vigilar las elecciones en México, en las que se elige a diputados y diputadas federales, así como senadoras y senadores, y al Presidente o Presidenta de la República.
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2. Sobre el IFE
¿Qué es el Centro para el Desarrollo Democrático y cuáles son las actividades que realiza?
El Centro para el Desarrollo Democrático (CDD) es la unidad técnica del IFE que sistematiza información, genera conocimiento en materia electoral y apoya la toma de decisiones de los órganos directivos del Instituto.
Además, capacita al personal del IFE para que adquiera habilidades, competencias y un sentido de pertenencia con el fin de mejorar el desarrollo institucional y el desempeño laboral de los funcionarios electorales. En cuanto a la labor hacia fuera del IFE, el CDD difunde la información especializada que genera para fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones y los procesos electorales.
Sus principales atribuciones son:
Proponer la divulgación de los análisis, estudios, investigaciones y bases de datos realizados por el CDD, o en colaboración con terceros, referidos a la democracia o a temas político-electorales
  • Contribuir a la difusión de información de carácter académico con el fin de fortalecer el conocimiento general y especializado en la materia electoral
  • Elaborar análisis, estudios, investigaciones y bases de datos que aporten elementos informativos al consejero Presidente y a los consejeros electorales para una mejor toma de decisiones
  • Organizar encuentros y foros académicos que contribuyan al conocimiento de la democracia y a la divulgación de la materia político electoral
  • Coadyuvar en el diseño, instrumentación, impartición y evaluación de cursos de capacitación formativa y de actualización del personal del IFE, con el propósito de desarrollar en los funcionarios electorales una base mínima de competencias laborales. Se producen diversos materiales de instrucción y se da el seguimiento académico requerido para la impartición de cursos
  • Otorgar a los partidos políticos y a las agrupaciones políticas nacionales asistencia académica en el diseño de sus programas de capacitación y formación, cuando así lo soliciten
A continuación se presentan los principales productos elaborados por el CDD disponibles para la consulta de investigadores, estudiantes, funcionarios electorales, informadores y ciudadanos en general:
www.ife.org.mx/portal/site/ifev2/Centro_para_el_Desarrollo_Democratico

¿Qué es el IFE?

El Instituto Federal Electoral es un organismo público, autónomo e independiente en sus decisiones y funcionamiento, y tiene a su cargo las funciones de preparar, organizar y vigilar los procesos electorales federales; además de contribuir permanentemente al desarrollo de la vida democrática del país. Lo anterior incluye la revisión y el ajuste de la geografía electoral, la integración y actualización del registro de los electores, la atención a los derechos y prerrogativas de los partidos, y la formulación y ejecución de programas de educación cívica.
Las oficinas centrales del IFE están en el Distrito Federal. No obstante, el Instituto tiene presencia en todo el país por medio de órganos desconcentrados ubicados en las capitales de las 32 entidades federativas y en los 300 distritos electorales uninominales en los que se divide el territorio nacional.

¿Cuáles son los principios rectores del IFE?

El IFE garantiza que todas sus acciones se conduzcan bajo cinco principios rectores que pueden recordarse bajo la fórmula cliio:
  • Certeza. Seguridad de que los hechos, las acciones y las afirmaciones son verdaderas y pueden comprobarse.
  • Legalidad. Actuar conforme a la ley.
  • Independencia. No subordinarse a ningún grupo, organismo o autoridad, ni actuar bajo órdenes de quienes integran los Poderes de la Unión.
  • Imparcialidad. Desempeñar las funciones que marca la ley al margen de preferencias políticas o partidistas.
  • Objetividad. Tomar decisiones con base en información, documentación y en la Ley, para evitar decisiones subjetivas.
¿Qué es el Cofipe?
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), vigente a partir de enero de 2008, es la ley electoral federal que reglamenta las disposiciones constitucionales relativas a los derechos y obligaciones políticas y electorales de las ciudadanas y los ciudadanos; la organización, función y prerrogativas de los partidos y agrupaciones políticas; y la organización de las elecciones de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión. Asimismo, el Cofipe regula las actividades del IFE y explica detalladamente los procedimientos para la organización de cada etapa del proceso electoral federal.

¿Los institutos electorales locales dependen del ife?

El ife tiene la función de organizar las elecciones federales, es decir, aquellas para elegir Presidente o Presidenta de la República, senadores, senadoras, diputadas y diputados federales. La organización de elecciones locales, para designar gobernadores y gobernadoras, congresos locales y ayuntamientos, corresponde a los órganos electorales locales; en el caso del DF, al jefe o jefa de gobierno y las jefas o jefes delegacionales, y a los integrantes de la asamblea legislativa. No existe una relación de jerarquía entre el ife y los órganos electorales locales. Sin embargo, el Cofipe faculta al ife para celebrar convenios con las autoridades electorales de las entidades federativas con el objeto de asumir la organización de las elecciones locales.

¿Qué es el Consejo General?

El Consejo General es el órgano superior de dirección del IFE que vigila el cumplimiento de las disposiciones electorales. Lo integran:
  • Un Consejero o Consejera Presidenta y ocho consejeros y consejeras electorales. Todos son electos por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Tienen derecho a voz y a voto.
  • Representantes del Poder Legislativo, uno por cada grupo parlamentario. Sólo tienen derecho a voz.
  • Representantes de los partidos políticos. Sólo tienen derecho a voz.
  • Un Secretario Ejecutivo. Es nombrado por el Consejo General y sólo tiene derecho a voz.
¿El Consejo General es el único órgano de dirección del IFE?
Además del Consejo General, son órganos de dirección los consejos locales y distritales en los estados y distritos del país que sólo funcionan durante el proceso electoral federal.

¿Qué son los consejos locales y distritales?

Los consejos locales son órganos delegacionales. Se instalan 32, uno por cada estado. Los consejos distritales son órganos subdelegacionales de dirección. Deben conformarse 300, uno por cada distrito electoral uninominal. Ambos consejos cuentan con la participación voluntaria de ciudadanos y ciudadanas; se integran y sesionan únicamente durante el proceso electoral federal. Su papel es vigilar la observancia del Cofipe y adoptar las medidas necesarias para la elección.
Su estructura se compone de una Consejera o Consejero Presidente ̶ quien a la vez fungirá como vocal ejecutivo ̶ , seis consejeros o consejeras electorales, y representantes de los partidos políticos nacionales. Las y los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal y de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la Junta respectiva acuden a las sesiones con voz pero sin voto. Los ciudadanos y las ciudadanas que fungen como consejeros y consejeras de estos órganos son la garantía de imparcialidad y vigilancia en la toma de decisiones.

¿Cuál es la diferencia entre los consejos locales y distritales y los órganos electorales estatales?

Los consejos locales y distritales dependen del ife. Son órganos de decisión desconcentrados que funcionan durante el proceso electoral federal, elecciones de Presidente o Presidenta de la República, diputados y diputadas federales, así como senadoras y senadores. Los órganos electorales estatales son elegidos por la legislatura del estado al que pertenecen y no dependen del ife. Se encargan de la organización de procesos electorales locales: gubernaturas, diputaciones locales y ayuntamientos. En algunos casos organizan consultas ligadas a figuras de participación ciudadana directa, como la iniciativa popular o el referéndum.

¿Qué es la Junta General Ejecutiva?

El órgano colegiado que tiene por objeto desempeñar las funciones ejecutivas centrales del IFE es la Junta General Ejecutiva y está integrada por el Consejero Presidente, el Secretario Ejecutivo y los directores ejecutivos.

¿Qué es la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE)?

Es el organismo especializado de la Procuraduría General de la República (PGR), responsable de atender de forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales, contenidos en el Título Vigesimocuarto del Código Penal Federal.
Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que violan lo establecido por la ley electoral y que, por transgredir bienes jurídicos como el derecho al voto libre y la imparcialidad en los procesos electorales, son considerados como delitos, es decir, conductas contrarias al orden jurídico. Por ello, son sancionadas con una pena.

¿Qué es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)?

Es el órgano encargado de resolver las controversias surgidas dentro los procesos electorales en México y de proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos y las ciudadanas.
Con excepción de lo dispuesto en materia de acciones de inconstitucionalidad en el ámbito electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
Se integra con una Sala Superior (con domicilio en el D.F.) y con cinco Salas Regionales (Guadalajara, Monterrey, Jalapa, D.F y Toluca).

¿Quién vigila al ife?

El IFE tiene un órgano de control interno, denominado Contraloría General, que se encarga de la fiscalización de todos sus ingresos y egresos. Está dotada de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones.
La Contraloría General cuenta con la estructura orgánica, personal y recursos que aprobó el Consejo General a propuesta de su titular. Su desempeño se sujetará a los principios de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza, honestidad, exhaustividad y transparencia.
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3. Sobre la transparencia

¿Cómo puedo obtener información acerca del ife?

El ife publica todas sus convocatorias, concursos y decisiones. Puedes enterarte de estos asuntos en la página de internet www.ife.org.mx, y específicamente en la sección: “El ife te rinde cuentas”. Otra manera sencilla de resolver cualquier duda es comunicándote a Ifetel: 01 800 433 2000.
Si la información que buscas es especializada puedes realizar una consulta a la Unidad de Enlace ubicada en Viaducto Tlalpan No. 100, Col. Arenal Tepepan, Delegación Tlalpan, C.P. 14610, México D.F. Edificio A Planta Baja. Teléfono: (0155) 5628 4430. O puedes hacer una consulta por correo electrónico: transparencia@ife.org.mx
También puedes visitar el sistema INFOMEX-IFE: https://ciudadania.ife.org.mx/infomex/ActionInitSAILoginINFOMEX.do
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4. Sobre el sistema político mexicano

¿Qué son los partidos políticos?

Los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos que compiten por medio de campañas y elecciones, para integrar los órganos de gobierno y representación. Los partidos poseen un conjunto de documentos: declaración de principios, programa de acción y estatutos en los que manifiestan sus propuestas de gobierno, ideología y reglas de organización interna. Mediante estos documentos se expresa la identidad de cada partido y su aportación a la vida democrática.
Las ciudadanas y los ciudadanos pueden afiliarse libremente al partido de su preferencia o simpatizar con él; de acuerdo con su afinidad personal con las ideas, propuestas o demandas que expresan en sus documentos básicos y en sus mensajes de campaña. La afiliación obligatoria o masiva a un partido político está prohibida por las leyes vigentes.
Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar además de en las elecciones federales, en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
De acuerdo con la Constitución, los partidos son entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organización de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

¿Cuáles son los partidos políticos mexicanos con registro nacional?

Siete partidos políticos con registro nacional competirán en las elecciones del 1 de julio de 2012. Por orden de antigüedad en su registro son:
PAN
Partido Acción Nacional (PAN)
PRI
Partido Revolucionario Institucional (PRI)
PRD
Partido de la Revolución Democrática (PRD)
PT
Partido del Trabajo (PT)
PVEM
Partido Verde Ecologista de México (PVEM)
Movimiento Ciudadano
Movimiento Ciudadano
Nueva Alianza
Nueva Alianza
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5. Sobre el Proceso Electoral Federal 2011-2012
¿Qué son las precampañas?
Las precampañas son actos de propaganda mediante los cuales un precandidato o precandidata buscan el respaldo de los afiliados y afiliadas o las y los simpatizantes de su partido político, con el propósito de ser postulado como candidato o candidata, a un cargo de elección popular.
La precampaña se realiza mediante actos como reuniones públicas, asambleas, marchas, así como escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones; que difunden los precandidatos y precandidatas a candidaturas a cargos de elección popular, con el propósito de dar a conocer sus propuestas y obtener la postulación como candidatos y candidatas para ocupar diputaciones, senadurías o la presidencia de la Republica.
Las precampañas se inician en la tercera semana de diciembre y no podrán durar más de 60 días.

¿Que es un precandidato?
El ciudadano o ciudadana que aspira a ser postulada, por un partido político, como candidato o candidata a un cargo de elección popular. El precandidato o la precandidata surgen de un proceso interno de cada partido político, que tiene por objeto seleccionar a las candidatas y candidatos respectivos.

¿Qué son las campañas?
Las actividades de propaganda que llevan a cabo los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos y candidatas; para difundir su imagen y propuestas entre la ciudadanía, con el propósito de obtener su voto.
La campaña se realiza mediante actos como reuniones públicas, asambleas, marchas, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden los candidatos y las candidatas con el propósito de dar a conocer sus propuestas y convencer a la ciudadanía para que vote por ellos.

¿Cuándo empiezan y cuándo terminan las campañas?
Las campañas electorales inician el 30 de marzo del 2012, duran 90 días y deben terminar tres días antes de la jornada electoral del 1 de julio de 2012; es decir, el 27 de junio de 2012.

¿Cuál es la diferencia entre las precampañas y las campañas?

Mediante de las precampañas los partidos seleccionan a las ciudadanas y los ciudadanos que serán candidatas y candidatos a puestos de elección popular. Por medio de las campañas quienes fueron seleccionados por los partidos compiten para obtener la votación de la ciudadanía y ganar el acceso a los puestos de elección popular (diputados, diputadas, senadores, senadoras y Presidente o Presidenta de la República).

¿Cuál es la diferencia entre un precandidato y un candidato?
Un precandidato o precandidata es un ciudadano o una ciudadana que promueve su imagen y propuestas entre los afiliados y afiliadas y las y los simpatizantes de un partido político para ser designado como candidato o candidata; quienes son designados por el partido político para competir en una elección, contra los candidatos y candidatas de otros partidos políticos y, mediante el voto de la ciudadanía, obtener el cargo de elección popular por el que compiten.

Mi credencial sólo tiene espacios para votar hasta “09”. ¿Significa esto que no podré votar el próximo 1 de julio?
En la elección del 1 de julio de 2012 podrán votar todos los ciudadanos con credencial para votar con fotografía que estén inscritos en la lista nominal, incluidos, por única ocasión, aquéllos cuya credencial sólo tiene espacios hasta “09” y no acudieron a renovar su credencial.

¿Qué es la jornada electoral?
El día en que se lleva a cabo la votación se denomina jornada electoral, y se celebra el primer domingo del mes de julio del año de la elección ordinaria. Consta de los siguientes actos: instalación y apertura de casillas, recepción del voto, cierre de la votación, escrutinio y cómputo en la casilla y clausura de la casilla.
Las ciudadanas y los ciudadanos participan como votantes, observadores y observadoras y como funcionarios o funcionarias de casilla. En la jornada electoral, los partidos políticos compiten en la elección y observan su desarrollo por medio de sus representantes en los consejos General, locales y distritales, y en las mesas de casilla.

¿Dónde puedo emitir mi voto?
Puedes emitir tu voto en la casilla que te corresponde, la cual se ubica en la sección electoral de tu domicilio. De acuerdo con la ley, debe instalarse una casilla por cada 750 electores, o fracción.
En caso de que no puedas acudir a votar a la casilla que te corresponde, existe la posibilidad de votar en una casilla denominada “especial”. En cada uno de los 300 distritos electorales en los que se divide el país se pueden instalar como máximo cinco “casillas especiales”. En cada casilla especial el número de boletas disponibles no puede ser superior a mil 500.

¿Cómo se cuentan los votos?

Una vez cerrada la votación, las funcionarias y los funcionarios de casilla contarán, para cada elección, el número de votos emitidos a favor de cada partido político y candidato o candidata, el número de votos nulos y el número de boletas sobrantes. Estos resultados se registrarán en un acta de escrutinio y cómputo que deberán firmar las funcionarias y funcionarios de casilla, así como las y los representantes de los partidos políticos.
Después, las presidentas y los presidentes de casilla remiten los paquetes y expedientes de casilla a su respectivo Consejo Distrital. Conforme los paquetes vayan llegando, las y los integrantes del Consejo irán sumando las cifras registradas en las actas de escrutinio y cómputo de cada elección, anexas al exterior del paquete electoral, para obtener los resultados preliminares del distrito.
Posteriormente, el miércoles 4 de julio de 2012, los consejos distritales llevarán a cabo el cómputo distrital de cada elección, sumando las cifras registradas en las actas de escrutinio y de las casillas de cada distrito electoral. Únicamente los casos en que el paquete de una casilla no incluya un acta, los datos del acta extraída no coincidan con los del acta mencionada en el punto anterior, o los resultados del acta hayan sido alterados, volverá a realizarse el escrutinio y cómputo de los votos de esa casilla para esa elección en particular. Al concluir este procedimiento, las presidentas y los presidentes de los consejos distritales integrarán un expediente para cada tipo de elección.
Finalmente, el domingo 8 de julio los consejos locales de cada entidad realizarán el cómputo de la elección de senadores y senadoras de mayoría relativa y representación proporcional, a partir de las actas de cómputo distrital. Asimismo, los consejos locales que se encuentren en las cabeceras de cada una de las cinco circunscripciones, realizarán el cómputo de representación proporcional correspondiente a las diputadas y los diputados electos por este principio, en su respectiva circunscripción, utilizando también las actas de cómputo distrital.

¿Cuál es la diferencia entre el padrón electoral y la lista nominal?
El padrón electoral es la relación del registro federal de electores que incluye a todos los ciudadanos y ciudadanas en edad de votar y que han solicitado su inscripción al mismo para obtener su credencial para votar.
La lista nominal de electores es la relación de ciudadanos y ciudadanas inscritas en el padrón electoral, agrupados por distrito y por sección; y a quienes se les ha expedido y entregado su credencial para votar.

¿Cómo se financian los partidos políticos?
Los partidos políticos con registro reciben principalmente financiamiento público, mediante dinero del Estado; así como de sus militantes, simpatizantes, autofinanciamiento, rendimientos financieros, fondos o fideicomisos; es decir, financiamiento privado que es mínimo con respecto del que reciben del Estado. El financiamiento público anual se determina al multiplicar el 65% del salario mínimo general vigente para el DF y el número de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el padrón electoral, a la fecha de corte de julio de cada año. Se distribuye en un 30% en forma igualitaria entre los partidos con registro, y el 70% de acuerdo a su fuerza electoral.
Los partidos políticos reciben financiamiento en años electorales y no electorales y lo utilizan en tres rubros: el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, gastos de campaña, y actividades específicas como entidades de interés público -educación y capacitación política, investigación y tareas editoriales.

¿Puedo votar el 1 de julio si no tengo mi credencial para votar?
No, de acuerdo con la ley, los electores, al presentarse en la mesa directiva de casilla, deberán mostrar su credencial para votar con fotografía o la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que les otorgue el derecho de votar sin aparecer en la lista nominal; o bien, que haya tramitado su credencial oportunamente pero no se le haya entregado.

Si no estoy en mi domicilio el 1 de julio, ¿para qué cargos de elección podré votar?Si te encuentras fuera de tu sección, pero dentro de tu distrito, podrás votar por diputados y diputadas por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, por senadores y senadoras por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional y por Presidenta o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente o la presidenta de la mesa directiva le entregará la boleta única para la elección de diputados y diputadas, asentando la leyenda "representación proporcional", o la abreviatura "R.P." y las boletas para la elección de senadores, senadoras y de Presidente o Presidenta de la República.
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6. Sobre la credencial electoral¿Cuál es la fecha límite para tramitar mi credencial de elector?
Recuerda que tienes hasta el 15 de enero de 2012 para tramitar tu credencial, antes de las elecciones federales. Después, tienes como fecha límite el 31 de marzo de 2012 para recogerla.
Si tienes alguna duda de los trámites para adquirir tu credencial visita nuestra página: http://www.ife.org.mx/portal/site/ifev2/Detalle_Credencial_para_Votar/
En caso de extravío, robo o deterioro grave, todavía puedes solicitar la reposición e tu credencial a más tardar el último día de febrero de 2012



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