Colegios particulares no pueden exigir pagos extras

martes, 16 de febrero de 2016

LA REPÚBLICA. Los colegios particulares solo están autorizados a cobrar cuota de ingreso, matrícula y pensiones mensuales, y no exigir montos por otros conceptos, según el Indecopi.

El organismo regulador indicó que la cuota de ingreso es un pago que se hace por una sola vez, cuando el alumno ingresa al centro educativo; mientras que la matrícula es un pago anual que no debe ser mayor a la pensión; y la pensión no puede ser cobrada de forma adelantada. Está prohibido que los colegios privados exijan otro tipo de cobro por conceptos distintos a los mencionados.

Colegios particulares no pueden exigir pagos extras

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